Renta 2019: estos son los plazos y las principales novedades de la campaña

1585566823_486729_1585651643_sumario_normal_recorte1

La campaña de la renta 2019 viene marcada por algunas novedades, sin bien no se han modificado los plazos a causa de las medidas de confinamiento decretadas a raíz de la crisis sanitaria. Así que, según lo previsto, a partir de este miércoles, 1 de abril, ya se puede solicitar el borrador de la declaración a través de internet o vía telefónica. Este es el primer paso para presentar la declaración, un trámite que obligatoriamente deberán realizar los contribuyentes que, a excepción de algunos supuestos, perciban más de 22.000 euros brutos anuales.

 La campaña de la renta empieza el 1 de abril del 2020

El acceso al borrador y a los datos fiscales se lleva a cabo a través del servicio de tramitación de borrador (renta web), desde donde se podrá confirmar, modificar y presentar el documento. Asimismo, el contribuyente también puede descargarse la ‘app’ de la Agencia Tributaria (AEAT). En todo caso, deberá identificarse a través del sistema REN0, el certificado o la Cl@ve PIN. En caso de que se obtenga el borrador de declaración para la tributación conjunta, se debe hacer constar el número de identificación fiscal (NIF) del cónyuge y su número de referencia o Cl@ve PIN.

 Canales

Pese al confinamiento, será posible presentar la declaración de manera presencial

PAPELES BORRADOR DECLARACION DE LA RENTA

Antes de confirmar el borrador, es recomendable recopilar toda la información fiscal precisa para evitar errores que puedan comportar sanciones y el pago de intereses de demora. Esto se debe a que a menudo los datos fiscales de los que dispone la Administración están incompletos, lo que puede ir en detrimento del contribuyente.

A tener en cuenta

Principales novedades de la campaña

Este año uno de los cambios más significativos en el sistema de este organismo es la simplificación de la identificación del domicilio fiscal del contribuyente, ya que pasará a realizarse de manera separada al resto de la declaración. Por otro lado, se consolida en un único apartado, relativo a bienes inmuebles, toda la información relacionada con los inmuebles de los que es titular el contribuyente. Además, se reflejará el uso que haya tenido cada uno de ellos durante el ejercicio.

13 / 12/ 18 MADRID. FOTO DANI DUCH Oficinas de la Agencia Tributaria de la Agecia Guzman el Bueno

Otra importante novedad es la ratificación del domicilio fiscal, que se solicitará a todos los contribuyentes cuando accedan a los distintos servicios de la campaña de renta. Asimismo, para agilizar el procedimiento de devolución y reducir el número de requerimientos, se ha creado un nuevo anexo – llamado “D”- en el que el contribuyente podrá consignar de manera voluntaria el NIF de los proveedores de determinados gastos, así como su importe.

Campaña 2019

Algunos cambios normativos

Otro de los cambios significativos afecta al apartado de “rendimientos de actividades económicas en estimación directa” ya que se modifica la relación de ingresos computables y gastos deducibles. El motivo que aduce la AEAT para introducir esta modificación es que dará “mayor seguridad jurídica” al contribuyente y podrá ofrecerle en el futuro “un servicio de traslado de datos de sus libros fiscales al modelo de declaración”.

Por último, la campaña de este año viene acompañada de una serie de novedades normativas, entre ellas, la obligación de realizar la declaración a los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo a partir de 14.000 euros en ciertos supuestos, como que procedan de más de un pagador.