¿Qué es el Bono Social y como solicitarlo?

Bono_Social

Debido al estado de alarma por el COVID-19 el Gobierno ha prorrogado la vigencia del Bono Social para aquellos clientes que debían renovarlo en estas fechas. El periodo de renovación se extiende automáticamente hasta el 15 de septiembre

Por el mismo motivo, serán considerados clientes vulnerables y por lo tanto beneficiarios del Bono Social aquellos trabajadores autónomos que se hayan visto obligados a cesar su actividad o que hayan reducido su facturación en un 75%.

¿Qué es el Bono Social?

El Bono Social es un importante descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables por sus condiciones socioeconómicas.

¿Quién puede beneficiarse del Bono Social?

Para beneficiarte del Bono Social es imprescindible tener contratada la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual.

Además, deberás cumplir los requisitos para ser considerado cliente vulnerable en mayor o menor grado.

Con motivo del brote de COVID-19 podrán acogerse al Bono Social eléctrico los trabajadores autónomos que se hayan visto obligados a cesar su actividad o que hayan reducido su facturación en un 75%.

Serán considerados clientes vulnerables si su renta anual es igual o inferior a:

  • 2,5 veces IPREM (18.798,9€) si no forma parte de una unidad familiar.
  • 3 veces IPREM (22.558,7€) si hay un menor en la unidad familiar.
  • 3,5 veces IPREM (26.318,7€) si hay dos menores en la unidad familiar.

Si cumplen estos requisitos, y acreditan hallarse en situación de cese de actividad o reducción de su facturación según establece el artículo 28 del RDL 11/2020 de 31 de marzo, serán considerados clientes vulnerables hasta que no reanuden su actividad laboral y durante un periodo máximo de 6 meses a contar desde que obtengan el descuentoo en factura.

¿Cuáles son los requisitos para ser considerado vulnerable?

Clientes vulnerables

Tendrán un descuento en su factura del 25%.

Se considera que son clientes vulnerables las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan al menos una de las siguientes 3 condiciones:

Renta anual inferior o igual a los límites establecidos según el IPREM (el índice de uso habitual para la concesión de ayudas y subsidios):

  • 1,5 veces el IPREM*: si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores a cargo.
  • 2 veces el IPREM*: si hay 1 menor en la unidad familiar.
  • 2,5 veces el IPREM*: si hay 2 menores en la unidad familiar.

*IPREM anual 14 pagas válido para 2019: 7.519,59 euros.

Todos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM si se cumple alguna de estas circunstancias:

  • Que algún miembro de la unidad familiar tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, sea víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
  • Que algún miembro de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado 2 o 3.
  • Que se acredite que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).

Pensionistas con la pensión mínima: que el solicitante (o en caso de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos) perciba la pensión mínima (por jubilación o por incapacidad permanente). Además, si tiene otra fuente de ingresos aparte de la pensión su cuantía anual no puede superar los 500€.

Familias numerosas: todas sin excepción.

Clientes vulnerables severos

Tendrán un descuento en su factura del 40%.

Se considera que son clientes vulnerables severos las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan al menos una de las siguientes 3 condiciones:

  • Renta anual inferior: quienes tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para los clientes vulnerables (ver más arriba).
  • Pensionistas con pensión mínima y renta inferior: que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o por invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM.
  • Familias numerosas con renta inferior: aquellas con una renta anual inferior a 2 veces el IPREM.

Clientes vulnerables severos en riesgo de exclusión social

En esta categoría especial entran quienes cumplan estas 2 condiciones:

  • Haber sido considerados clientes vulnerables severos (ver más arriba).
  • Estar siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura eléctrica.

Límites en el consumo de electricidad

Los descuentos del 25% y 40% del total de la factura están sujetos a un límite en el consumo de electricidad. Superado este límite, la energía se facturará según los precios de la tarifa regulada (PVPC), sin descuento:

  • Pensionistas: 1.932 kWh de electricidad consumida al año.
  • Familias numerosas: 4.140 kWh/año.
  • Consumidores sin menores a cargo: 1.380 kWh/año.
  • Consumidores con un menor a cargo: 1.932 kWh/año.
  • Consumidores con dos menores a cargo: 2.346 kWh/año.

Solicitarlo es gratis

Te recordamos que pedir el Bono Social es un trámite absolutamente gratuito. No aceptes pagar por abrir la solicitud y no des tu número de tarjeta.